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Noticia breve
3 de junio de 2003
Una patera con 12 personas ha naufragado frente a las
costas de Fuerteventura en la madrugada del día 3 de junio al
ser interceptada por una patrullera del instituto armado. El
día anterior fueron interceptados 66 inmigrantes marroquíes en
la costa de Motril (Granada), todos ellos indocumentados.
Noticias como estas son habituales en los medios de
comunicación españoles.
En respuesta a los problemas que la llegada de inmigrantes
sin papeles supone, ya está en marcha la reforma de la Ley de
Extranjería, la cual deja claro que el inmigrante es mano de
obra, por ello la concesión de cualquier permiso de residencia
temporal estará sujeto a que el extranjero tenga trabajo
legal, incluso si la solicitud de residencia es por motivos
humanitarios, circunstancias excepcionales o por arraigo.
Se perseguirá, además de a las mafias que se lucran con la
inmigración clandestina, a quienes favorezcan la ilegalidad
"individualmente" y se sancionará a las empresas de transporte
que incumplan la obligación de proporcionar a la autoridad
española el listado de los extranjeros que desplace.
Comentario
Réquiem por el paisaje
por Josefa Gómez Fayrén, Universidad de
Murcia
La
palabra inmigración en España es asociada a la de inmigración
extranjera, y más concretamente a la económica procedente de
“terceros países”, conjunto que incluye a las naciones menos
desarrolladas. Al tratarse de una migración externa su
manifestación en el lugar de destino depende de la
legislación, de manera que la acepción ilegal, le añade que se
encuentra fuera del ordenamiento jurídico o de los requisitos
exigidos para el establecimiento de su residencia en el país.
Esta circunstancia que deja fuera de la legalidad a muchos
extranjeros por el simple hecho de no tener concedido permiso
de residencia, ha motivado la aparición de una variada
terminología para designar al colectivo: inmigrante ilegal,
irregular, sin papeles, indocumentado, clandestino, etc.
La inmigración irregular y
clandestina, generalizada ya desde mediados de los años
ochenta en España, ha sido la forma mayoritaria y tradicional
de entrada en el país. La condición legal no es una
característica estructural que distinga a un inmigrante de
otro de manera permanente sino que, para la mayoría de ellos,
la legalidad ha sido un estado inestable y transitorio, en el
que se entra y se sale con facilidad, de ahí que sean muchos
los inmigrantes regulares actuales que han sido irregulares en
algún momento de su historia migratoria.
Los intentos por acabar
con la situación de irregularidad se han sucedido desde 1985
en que se produce el primer Proceso de Regularización de
Extranjeros en España, tras éste la Proposición no de ley
relativa a la situación de los extranjeros, adoptada por el
Congreso de Diputados en Abril de 1991, fijó las líneas
básicas de la política migratoria en nuestro país, señalando
la necesidad de regular la llegada de inmigrantes de forma
gradual e instando al Gobierno a tomar la iniciativa en la
canalización y organización de los flujos de inmigración
legal, en función
de las necesidades
de mano de obra de la economía española y de la capacidad de
absorción de la sociedad. Esta proposición no de ley tuvo como
resultado el segundo Proceso de Regularización de Junio del
91; en 1996 tuvo lugar el tercer proceso especial de
Documentación de extranjeros en situación irregular ordenada
por el Real Decreto 155/96 y el año 2000 daba comienzo el
cuarto Proceso de Regularización de Extranjeros y su corolario
la Regularización por Arraigo. Simultáneamente, a lo largo de
este tiempo el desarrollo de una política activa de
inmigración a partir de 1990 por parte de los poderes
públicos, con el apoyo de todas las fuerzas políticas y
sociales, tuvo como consecuencia el establecimiento de
contingentes máximos anuales de trabajadores extranjeros, para
ocupar las demandas no atendidas por el mercado de trabajo
nacional, a fin de ordenar la afluencia de inmigrantes, que
han resultado ser mecanismos de regularización no declarados.
De este modo durante los últimos años los trabajadores
extranjeros han podido regularizar su situación a través de
los Contingentes anuales que de manera continuada han ido
estableciéndose desde el año 1993 (excepto 1996) y acogiéndose
a los Procesos Extraordinarios.
Todos estos procedimientos han dado lugar a que
entre los años 1985 y 2000 se hayan producido más de un millón
de solicitudes de regularización de extranjeros en España, de
las que únicamente algo más de 650.000 han sido atendidas, el
62,1%, de manera que los procesos de regularización, pese a
su bienintencionado intento, no han conseguido acabar con la
situación de irregularidad de muchos extranjeros residentes
entre nosotros, lo que permite afirmar a IZQUIERDO ESCRIBANO,
A. que “el modelo migratorio español es, en lo fundamental, un
sistema de inmigración irregular”,
como se constata en los diferentes procedimientos, en los que
más de la mitad de las solicitudes de regularización
presentadas en los distintos Contingentes y más de un tercio
de las que lo hicieron a los diversos Procesos Extraordinarios
fueron denegadas.
Que los procesos extraordinarios de
regularización no cumplen con su principal objetivo es un
hecho evidente. En concreto, el último Proceso Extraordinario
de Regularización del 2000 y su ampliación en el de Arraigo
dieron lugar a la presentación de 598.867 solicitudes, el
número más elevado de cuantas se habían presentado hasta el
momento, indicando que la presencia de indocumentados, pese a
las diferentes medidas adoptadas sobre control y
regularización de flujos, se ha convertido en permanente en
España.
Resulta difícil evaluar el
volumen de inmigración ilegal ya que su propio carácter
clandestino impide conocer con certeza su magnitud. Una
aproximación a la dimensión actual del fenómeno en España
puede lograrse, mediante el análisis comparado de la
información contenida en el Anuario Estadístico de Extranjería
(Ministerio del Interior) que recoge los extranjeros con
Permiso de Residencia en Vigor al 31 del 12 de 2001 y los
datos sobre residentes extranjeros reflejados en el Censo de
Población a fecha del 1 del 11 de 2001, dado que las fechas de
referencia de las dos fuentes son muy próximas. Cotejando
ambas informaciones, se observa que entre el 1.572.017
residentes extranjeros en España del Censo y el 1.109.060 que
tienen Permiso de Residencia del Anuario de Extranjería
aparece una diferencia de 462.957 personas; este dato puede
hacernos pensar que el 41,7% de extranjeros están sin
documentar; parte de ellos, al menos 33.449, el 7,2% son
nacionales de la Unión Europea, por tanto no necesitan
permiso para residir en territorio español; del resto 353.109,
el 76,3%, son inmigrantes procedentes de los países
extracomunitarios cuya contribución al conjunto de residentes
extranjeros en España es más elevada.
Según los datos
anteriores, se podría afirmar que al menos un 31,8% de los
inmigrantes extranjeros se encontrarían en situación
irregular, porcentaje que podría incrementarse hasta el 38% si
se le añade el grupo de residentes que recoge el Censo bajo el
epígrafe “Resto de países”. Por otra parte si se tiene en
cuenta que la llegada de extranjeros de forma clandestina ha
sido una constante durante el año 2002 a la vez que se
acrecentaba la dificultad para obtener “papeles”, la cifra de
extranjeros indocumentados debe situarse bastante por encima
de estos cálculos. No se sabe cuántos, pero sin temor a
equivocarnos, resulta verosímil estimar que, junto a los
residentes legales, viven en España entre un 40% y 50% más de
extranjeros irregulares .
La composición de este
grupo por origen, muestra la existencia de mas de 131.000
ecuatorianos, 111.000 colombianos, 32.500 rumanos, 27.000
argentinos, 16.000 búlgaros... inscritos en el Censo sobre los
nacionales de estos países que según el Ministerio del
Interior contarían con permiso de residencia en vigor,
frente a tan sólo 12.935 marroquíes y algo más de 32.000 del
Resto de países; estos datos ponen en evidencia que ante la
enraizada percepción popular del inmigrante ilegal como
personificado en el que llega en patera o camuflado en
camiones, sin papeles, procedente de África, hoy se impone la
del falso turista que viene a través de los aeropuertos
internacionales, originario de países iberoamericanos y
secundariamente procedente de la Europa del Este. Dicho de
otro modo, el componente fundamental de la inmigración ilegal
desde mediados de los años ochenta hasta el año 2000, estuvo
integrado por inmigrantes africanos, en especial marroquíes
pero también subsaharianos. El mayor control ejercido desde
esta última fecha, sobre las entradas desde el Sur, parece
haber surtido efecto, ya que el número de censados nacionales
de estos países se aproxima bastante al número de los que
cuentan con permiso de residencia, junto a ello también puede
haber actuado la nueva competencia ejercida en el mercado de
trabajo por los inmigrantes latinoamericanos. Por el
contrario, la escasa intervención ejercida sobre las llegadas
desde iberoamérica y países del Este de Europa, han propiciado
un crecimiento espectacular de los inmigrantes de estos
orígenes cuya condición irregular se mantiene ante la vacío de
vías administrativas que posibiliten corregir esta situación.
Entre las causas que motivan la irregularidad
hay que citar el incesante y tenaz incremento de llegadas, el
distinto origen de los flujos que limita el control
de entradas y
permanencias, la existencia de redes organizadas que fomentan
la llegada clandestina, la
continua entrada y salida de la
situación de regularidad por la caducidad de los permisos o la
extinción del visado turístico,
la lentitud en la tramitación y renovación de
permisos, la
práctica imposibilidad de parte de los irregulares de acogerse
a ninguna vía de regularización por no reunir los requisitos
exigidos o por la exigüidad de los cupos, la existencia de
actividades de economía sumergida, la naturaleza y
estacionalidad de muchas de las actividades que realizan, la
rigidez y lentitud en la contratación de extranjeros en
origen, la existencia de empresarios poco escrupulosos
dispuestos a utilizar mano de obra de bajo coste...
Las medidas aprobadas en
Consejo de Ministros del 23 de Mayo de 2003 que constituyen la
cuarta reforma de la Ley de Extranjería 4/2000, suponen en
realidad la aplicación de una sentencia del Tribunal Supremo
que invalidaba 13 artículos del Reglamento que desarrollaba la
última versión de la citada Ley. Esta reforma se anuncia como
una vía para facilitar la inmigración legal y cerrar el paso a
la entrada de la ilegal, validando los visados como permiso de
trabajo y residencia a fin de agilizar los trámites que ponen
trabas a la inmigración legal, y trata de reforzar las normas
de control sobre las entradas, procedimientos de expulsión y
sanciones.
Acabar
con los inmigrantes irregulares que llegan a España a través
de aeropuertos internacionales como falsos turistas se ha
convertido en objetivo fundamental de la nueva política de
inmigración, esta medida, en principio, parece ser consecuente
para un mejor ordenamiento de las llegadas que deben ajustarse
a la capacidad real de acogida del país, que no es ilimitada,
aunque hay que tener en cuenta que si no se pueden dejar las
puertas abiertas tampoco se deben cerrar totalmente. De forma
simultánea se anuncia un mayor control de los residentes
regulares e irregulares mediante la utilización de los datos
de empadronamiento, se trata de convertir el padrón en un
elemento de información más para atajar situaciones
irregulares o condiciones de vida deficientes como el
hacinamiento, la insalubridad, la falta de higiene etc. sin
embargo, el carácter positivo de esta medida va a resucitar el
tradicional recelo y resistencia de la población inmigrante
sin papeles a empadronarse por miedo a ser controlada
individualmente.
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Enlaces de interés
Ley de Extranjería. Texto íntegro
Materiales
de trabajo sobre la Ley de Extranjería. Universidad Autónoma
de Barcelona
Textos sobre inmigración y racismo. Asociación Derechos para
tod@s
ONGs de ayuda al inmigrante. Canal Solidario
Informe sobre la intergración de alumnos inmigrantes. Defensor
del Pueblo
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Sección: Migraciones
Ministerio del Interior. Permisos de Residencia
Mercado
de trabajo, inmigración y Estado del Bienestar. Artículo
publicado por FEDEA
España ante la inmigración. Estudio publicado por La Caixa
La inmigración extranjera en España. Los retos educativos.
Publicado por La Caixa
Artículos sobre Inmigración y Racismo
Bibliografía
GÓMEZ FAYRÉN, J. Y BEL
ADELL, C. (1997): “El proceso de regularización de magrebíes
en le Región de Murcia a través de los permisos de trabajo”,
Papeles de Geografía, 25, Universidad de Murcia.
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